Preguntas Frecuentes
Cuando una empresa realiza una venta al crédito con factura, tiene que esperar hasta la fecha de su vencimiento para poder cobrar. En cambio con el factoring tiene la facilidad de negociarla y obtener un adelanto por un alto porcentaje de su valor y con ello aliviarle el pago de sus obligaciones.
- DDJJ anuales presentadas de los dos últimos años
- EEFF de cierre de los dos últimos años
- PDTs de los cuatro últimos meses
- Copia Literal y Vigencia de Poderes del Representante (max. 30 días de antigüedad)
- Copia DNI del representante, Cónyuges y Accionistas.
Si presentaste toda la documentación requerida, te estaremos abonando a las 72 horas.
La tasa va depender de la evaluación que se realice a los EEFF de la Empresa. En un inicio se le asigna una tasa de interés, la misma que puede ir disminuyendo con el tiempo , de acuerdo a la experiencia crediticia demostrada por el cliente.
- Deberás contar con una Cta.Cte. en cualquier Institución financiera, en la misma moneda de la factura presentada, para poder realizar la transferencia correspondiente.
El saldo pendiente se abonara cuando la factura sea cancelada por tu cliente en la fecha de su vencimiento.
